domingo, 13 de octubre de 2013

Los programas de participación ciudadana en el municipio


El municipio es el espacio territorial que ofrece posibilidades institucionales óptimas para desarrollar programas de formación ciudadana enfocados en la paz, la convivencia y la cultura democrática entre los ciudadanos y ciudadanas. La Ley Orgánica del Poder Público Municipal y la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública establecen como obligación de los poderes públicos locales emprender programas de formación ciudadana.

Algunos temas importantes para el desarrollo de estos programas educativos son: la participación ciudadana, la contraloría social, el diagnóstico y el presupuesto participativo. Además, las alcaldías en cumplimiento de su función de agentes de promoción del desarrollo económico pueden ofrecer capacitación para el emprendimiento popular y la economía social y cooperativa.

Por otra parte, las alcaldías pueden establecer alianzas con organizaciones no gubernamentales y el sector empresarial para fomentar -mediante la educación-, valores como la justicia de paz, la defensa de los derechos humanos y el cuido al medio ambiente. La formación cívica en las alcaldías contribuye sin lugar a dudas a conformación de una cultura democrática.

Un compromiso ético e ineludible de los nuevos alcaldes y concejales debe ser impulsar y contribuir de manera efectiva, es decir con inversión presupuestaria real para el desarrollo de programas de formación ciudadana. La construcción de ciudadanía debe dejar de ser una consigna propagandística para convertirse en una realidad democrática.

Realizado con exito coloquio "Impacto de los CLPP, Comunas y en la Participación Ciudadana"



El pasado viernes en la Sala Cabrujas del Municipio Chacao, se realizó con notable éxito el conversatorio "Impacto de los CLPP, las Comunas en la Participación Ciudadana y el Municipio Venezolano. En el evento participaron dirigentes de los municipios Baruta, Sucre, Libertador, El Hatillo y Chacao y fue organizado por las organizaciones no gubernamentales la Asociación Civil Gestión de Cambio y la Fundación de Estudios Municipales (FUNDESMU) y el Consejo Local de Planificación Pública de Chacao.

En la gráfica aparecen de izquierda a derecha: Doménico Helmeyer, Vicepresidente del CLPP-Chacao Miguel González Marregot Director Ejecutivo de AC Gestión de Cambio, Carlota Salazar Coordinadora Regional de AC Gestión de Cambio, Carlos Romero Fundador de la Fundación de Estudios Municipales y Roberto Ruiz, Presidente de la Fundación de Estudios Municipales.

El coloquio contó con la coordinación de Carmen Flor Rodríguez Presidente de AC Gestión de Cambio;  también posible por el apoyo de Cultura Chacao, siempre contribuyendo a la construcción de ciudadanía.

domingo, 6 de octubre de 2013

PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y MUNICIPIO


La gestión institucional del municipio está ligada -de manera directa-, a la participación ciudadana. Valga la pena recordar que, la participación del pueblo en la formación, gestión y control de los asuntos públicos se encuentra contemplada como un derecho en la Constitución Nacional vigente, en su artículo 62. También que, el 37% de los artículos de nuestra Carta Magna se refiere a los derechos de los ciudadanos a participar en la gestión pública en sus distintos sectores y mediante una diversidad de formas.

Siguiendo con el marco legal, cabe mencionar que el 40% de los artículos de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM), que rige a los municipios está centrado en el tema de la participación, que incluyen medios y procedimientos específicos dirigidos a garantizar la participación del pueblo en el gobierno local.  La misma LOPPM contiene un artículo referido a la descentralización de programas y servicios hacia comunidades y grupos vecinales organizados. La Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública establece a estas instancias, como centros para el protagonismo ciudadano.

En tal sentido, la participación es un asunto que atraviesa la gestión de los asuntos públicos locales. Así, la participación se ejerce en cada una de las cuatro funciones básicas en que se haya dividido el poder municipal: ejecutiva, legislativa, contralora y de planificación. Veamos.

En la función ejecutiva; por ejemplo, vecinos y comunidades pueden ejecutar programas educativos, culturales, deportivos y sociales, mediante la firma de convenios de gestión establecidos con las alcaldías. Las comunidades y vecinos tienen derecho a presentar propuestas de ordenanzas o de reforma de las mismas, ante el Concejo Municipal. También en la función contralora los ciudadanos tienen derecho a participar, proponiendo candidatos al cargo del contralor municipal (cuando corresponda elegirlo) y, por supuesto, los vecinos tienen el derecho de ejercer la contraloría social. Por último, la función de planificación es ejercida de manera corresponsable entre el alcalde y los vecinos; por medio del Consejo Local de Planificación Pública para construir con la participación de todos los sectores, el municipio que se desea.