1. el derecho a la participación de los ciudadanos y colectivos sociales en las decisiones públicas relacionadas con la elección, dirección y gestión de las distintas instancias y órganos de deliberación existentes en el municipio.
2. el derecho a la disidencia y a la movilización de la sociedad civil, en la legítima defensa de sus derechos o exigiendo modificaciones en las políticas públicas en el ámbito municipal o en aquellas que se relacionen con el municipio.
3. el derecho autónomo a la libre asociación de los ciudadanos, de las comunidades y de los colectivos sociales como componentes activos del municipio.
4. el derecho a la libre asociación entre ciudadanos, comunidades y sectores sociales para diagnosticar y emprender soluciones de asuntos propios, con independencia del propio Estado (municipio), en beneficio de sus intereses y de la colectividad; de acuerdo al marco constitucional vigente.
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