viernes, 23 de agosto de 2013

Dictan la Reforma Parcial del Reglamento Orgánico de la Secretaría del CFG


En Gaceta Oficial

En esta reforma fueron modificados los artículos 3, 5, 6, 22, 37, 48 y 49; e incorporados los artículos 27 y 56 señala la resolución. “Se suprimen los artículos denominados 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58”, detalla la norma

 

Mediante resolución, fue dictada la Reforma Parcial del Reglamento Orgánico de la Secretaría del Consejo Federal de Gobierno (CFG), a través de la cual fueron modificados, suprimidos e incorporados artículos dentro de esa normativa.
Así lo establece la resolución N° 030 emitida por el CFG publicada en la Gaceta Oficial N° 40.229, con fecha del 15 de agosto de 2013, que circula este viernes.
En esta reforma fueron modificados los artículos 3, 5, 6, 22, 37, 48 y 49;  e incorporados los artículos 27 y 56 señala la resolución.
En ese sentido, el artículo N° 3 indica que la Secretaría del CFG contará con una Unidad Administradora Central constituida por el personal necesario para ejecutar las funciones administrativas, presupuestarias y de recursos humanos inherentes al órgano. Así mismo, señala que la jefatura de esa Unidad Administradora Central será llevada a cabo por el director o directora del Fondo de Compensación Interterritorial (FCI).
El artículo N° 5 especifica que el FCI  y el Comité Técnico de Evaluación será dirigido por un director o directora ejecutiva y detalla sus funciones. El artículo N° 6 se refiere a que las acciones del Directo o directora ejecutiva deberán estar acompañadas por el Gerente General y expresa además sus funciones.
EL artículo N° 22 detalla las competencias de la Gerencia de Políticas y Planificación Estratégica, resalta la resolución.
El artículo N° 37 pasa a denominarse artículo N° 38 y quedó redactado así: “El Fondo de Compensación Interterritorial contará con una Oficina de Atención Ciudadana, con rango de Gerencia Adscrita a la Dirección Ejecutiva”. Además el artículo establece las funciones de la referida oficina.
El artículo N° 48 pasa a denominarse artículo N° 49 donde se especifica que el Coordinador de la Secretaría del CFG y el Gerente son cargos de alto nivel y por lo tanto de libre nombramiento y remoción.
El artículo N° 49 pasa a denominarse artículo N°50 donde se detallan los cargos de confianza, los cuales son de libre nombramiento y remoción de la Secretaría del CFG y del FCI.
SE incorpora al reglamento el artículo N° 27 que determina las “competencias de la Coordinación de Transferencia  de Competencias al Poder Popular”.
“Se suprimen los artículos denominados 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58 ya que su contenido forma parte de la Reforma del Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno publicado el 17 de mayo de 2012”, detalla la norma.

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