2.- Acerca de la
descentralización y la participación de la sociedad civil
La
descentralización constituye un principio fundamental del Estado venezolano. La
descentralización político-territorial implica una democratización del poder;
mediante su redistribución y una forma más transparente de relación entre el
Estado y la sociedad civil. La descentralización supone una mayor participación
de los ciudadanos en los asuntos públicos, en especial, en aquellos de la vida
regional o local, vinculados a su calidad de vida.
El régimen (durante
los últimos 20 años) colocó de manera progresiva a la descentralización
político-territorial en situación política de precariedad extrema; mediante una
gestión centralista y autoritaria y, el impulso de figuras administrativas
no-constitucionales que socavaron la autonomía de los gobiernos regionales e impidieron
el ejercicio de sus competencias.
En materia
de descentralización nuestro aporte se focaliza en rescatar y fortalecer los
procesos de participación de la sociedad civil para contribuir de manera
corresponsable en la recomposición de un Estado democrático, descentralizado y
participativo. En tal sentido, proponemos:
2.1. Revisar y
reformar las leyes vinculadas al Consejo Federal de Gobierno (CFG), al Consejo
Estadal de Coordinación y Planificación de Políticas Públicas (CEPLACOPP) y la
de los Consejos Locales de Planificación (CLPP), para mejorar la representación
de la ciudadanía y redefinir sus funciones de manera más democrática y
eficiente.
2.2. Promover la
efectiva descentralización y transferencia desde los estados y municipios hacia
las comunidades, asociaciones vecinales y organizaciones no gubernamentales la
prestación de servicios y programas; mediante el convenimiento corresponsable.
2.3. Fortalecer
la descentralización por medio de la participación de organizaciones no gubernamentales,
asociaciones vecinales y comunales en los procesos de planificación local y,
control y evaluación de políticas públicas.
2.4. Revisar la
pertinencia jurídica de otras entidades e instancias administrativas
no-constitucionales que afectan de manera negativa la estructura
político-territorial del Estado venezolano; tales como: los distritos motores
de desarrollo, regiones estratégicas de desarrollo, comunas, ejes comunales;
entre otras.
2.5. Revisar y
reformar para su fortalecimiento democrático los procesos de asignación de
recursos del Fondo de Compensación Interterritorial; así como también la Ley Orgánica
para la Gestión Comunitaria de Competencias, Servicios y otras atribuciones.
2.6. Descentralizar
la gestión de la Asamblea Nacional; mediante la creación de mecanismos
institucionales de consulta pública regional y local.
2.7. Fortalecer
el nivel desconcentrado de los gobiernos estadales; mediante la reformulación
de las Jefaturas Civiles como medios de relación con las comunidades
organizadas.
3.-
El municipio para los ciudadanos
En el contexto de un Estado democrático, federal, descentralizado y
participativo el municipio pasa a desempeñar un papel fundamental. Desde el
punto de vista de la participación social, la gestión autoritaria y centralista
del régimen ha incidido en el debilitamiento de la autonomía municipal en sus aspectos político-participativos;
tales como: la eliminación de la elección directa universal y secreta de los
miembros de las Juntas Parroquiales, en la cooptación de las organizaciones
vecinales y comunitarias y, la imposición de un modelo único de asociación.
Consideramos
que la participación de la ciudadanía debe ser un elemento indispensable para
la reconstrucción de las entidades municipales y, también para promover -desde
la base-, la nueva cultura democrática que reclama la Venezuela del futuro.
Al respecto,
proponemos:
3.1. La
inmediata restitución del derecho a la elección directa, universal y secreta de
los integrantes de las Juntas Parroquiales eliminado en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal de 2010. Esta
medida es inconstitucional y arbitraria; pues allí se violan los artículos 5,
63, 70 y 182 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
3.2. Aprobación de la reforma
de la Ley de Los Consejos Comunales, propuesta por la Mesa Social de Caracas,
presentada a la Comisión de Desarrollo Social y que fuera aprobada en primera
discusión por la plenaria de la Asamblea Nacional.
3.3. La
inmediata revisión y adecuación al marco constitucional vigente del conjunto de
leyes del denominado “poder popular” debido a que ha mutilado el espíritu de
lucha de las organizaciones comunitarias, sean los consejos comunales u otras
presentes en las comunidades. Tales leyes son: Ley Orgánica de las Comunas, Ley
Orgánica del Poder Popular, Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular y Ley
Orgánica del Sistema Económico Comunal.
3.4. Adelantar
los estudios pertinentes para la pronta realización de una reforma
institucional integral del actual Ministerio del Poder Popular de las Comunas y
del Instituto Autónomo FUNDACOMUNAL y, reubicar las asociaciones comunitarias
al ámbito municipal.
3.5. Fortalecer
legalmente las
Mesas Técnicas (vecinales) como mecanismos de seguimiento, control y evaluación
de la prestación de los servicios públicos locales; tales como: agua, electricidad,
desechos sólidos, gas, seguridad pública y transporte.
3.6.
Promover y fortalecer la participación vinculante de la ciudadanía en los
procesos de urbanismo, de planificación del desarrollo urbano local y de los
planes anuales de inversión municipal y local.
3.7. Fortalecer legalmente la Justicia de Paz, como
un medio de resolución alternativa de conflictos y construcción de la cultura
de la paz, la tolerancia y la sana convivencia. Y ajustar al marco
constitucional vigente la Ley Orgánica de Justicia de Paz Comunal, que solo ha
entorpecido el desarrollo de este medio de participación ciudadana.
En
síntesis, el Plan País representa una oportunidad para el relanzamiento
programático del municipio como espacio para la cercanía y la
inclusión, la transparencia y la rendición
de cuentas y, por supuesto, la participación y la corresponsabilidad con
los vecinos y comunidades organizadas.
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