lunes, 10 de junio de 2019

Las propuestas de la sociedad civil para el Plan País (III)


2.- Acerca de la descentralización y la participación de la sociedad civil

La descentralización constituye un principio fundamental del Estado venezolano. La descentralización político-territorial implica una democratización del poder; mediante su redistribución y una forma más transparente de relación entre el Estado y la sociedad civil. La descentralización supone una mayor participación de los ciudadanos en los asuntos públicos, en especial, en aquellos de la vida regional o local, vinculados a su calidad de vida.
El régimen (durante los últimos 20 años) colocó de manera progresiva a la descentralización político-territorial en situación política de precariedad extrema; mediante una gestión centralista y autoritaria y, el impulso de figuras administrativas no-constitucionales que socavaron la autonomía de los gobiernos regionales e impidieron el ejercicio de sus competencias.
En materia de descentralización nuestro aporte se focaliza en rescatar y fortalecer los procesos de participación de la sociedad civil para contribuir de manera corresponsable en la recomposición de un Estado democrático, descentralizado y participativo. En tal sentido, proponemos:
2.1. Revisar y reformar las leyes vinculadas al Consejo Federal de Gobierno (CFG), al Consejo Estadal de Coordinación y Planificación de Políticas Públicas (CEPLACOPP) y la de los Consejos Locales de Planificación (CLPP), para mejorar la representación de la ciudadanía y redefinir sus funciones de manera más democrática y eficiente.

2.2. Promover la efectiva descentralización y transferencia desde los estados y municipios hacia las comunidades, asociaciones vecinales y organizaciones no gubernamentales la prestación de servicios y programas; mediante el convenimiento corresponsable.

2.3. Fortalecer la descentralización por medio de la participación de organizaciones no gubernamentales, asociaciones vecinales y comunales en los procesos de planificación local y, control y evaluación de políticas públicas.

2.4. Revisar la pertinencia jurídica de otras entidades e instancias administrativas no-constitucionales que afectan de manera negativa la estructura político-territorial del Estado venezolano; tales como: los distritos motores de desarrollo, regiones estratégicas de desarrollo, comunas, ejes comunales; entre otras. 

2.5. Revisar y reformar para su fortalecimiento democrático los procesos de asignación de recursos del Fondo de Compensación Interterritorial; así como también la Ley Orgánica para la Gestión Comunitaria de Competencias, Servicios y otras atribuciones.  

2.6. Descentralizar la gestión de la Asamblea Nacional; mediante la creación de mecanismos institucionales de consulta pública regional y local.

2.7. Fortalecer el nivel desconcentrado de los gobiernos estadales; mediante la reformulación de las Jefaturas Civiles como medios de relación con las comunidades organizadas. 


3.- El municipio para los ciudadanos
En el contexto de un Estado democrático, federal, descentralizado y participativo el municipio pasa a desempeñar un papel fundamental. Desde el punto de vista de la participación social, la gestión autoritaria y centralista del régimen ha incidido en el debilitamiento de la autonomía municipal en sus aspectos político-participativos; tales como: la eliminación de la elección directa universal y secreta de los miembros de las Juntas Parroquiales, en la cooptación de las organizaciones vecinales y comunitarias y, la imposición de un modelo único de asociación.
Consideramos que la participación de la ciudadanía debe ser un elemento indispensable para la reconstrucción de las entidades municipales y, también para promover -desde la base-, la nueva cultura democrática que reclama la Venezuela del futuro.
Al respecto, proponemos:
3.1. La inmediata restitución del derecho a la elección directa, universal y secreta de los integrantes de las Juntas Parroquiales eliminado en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal de 2010. Esta medida es inconstitucional y arbitraria; pues allí se violan los artículos 5, 63, 70 y 182 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
3.2. Aprobación de la reforma de la Ley de Los Consejos Comunales, propuesta por la Mesa Social de Caracas, presentada a la Comisión de Desarrollo Social y que fuera aprobada en primera discusión por la plenaria de la Asamblea Nacional.

3.3. La inmediata revisión y adecuación al marco constitucional vigente del conjunto de leyes del denominado “poder popular” debido a que ha mutilado el espíritu de lucha de las organizaciones comunitarias, sean los consejos comunales u otras presentes en las comunidades. Tales leyes son: Ley Orgánica de las Comunas, Ley Orgánica del Poder Popular, Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular y Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal.
3.4. Adelantar los estudios pertinentes para la pronta realización de una reforma institucional integral del actual Ministerio del Poder Popular de las Comunas y del Instituto Autónomo FUNDACOMUNAL y, reubicar las asociaciones comunitarias al ámbito municipal.
3.5. Fortalecer legalmente las Mesas Técnicas (vecinales) como mecanismos de seguimiento, control y evaluación de la prestación de los servicios públicos locales; tales como: agua, electricidad, desechos sólidos, gas, seguridad pública y transporte.
3.6. Promover y fortalecer la participación vinculante de la ciudadanía en los procesos de urbanismo, de planificación del desarrollo urbano local y de los planes anuales de inversión municipal y local.
3.7.  Fortalecer legalmente la Justicia de Paz, como un medio de resolución alternativa de conflictos y construcción de la cultura de la paz, la tolerancia y la sana convivencia. Y ajustar al marco constitucional vigente la Ley Orgánica de Justicia de Paz Comunal, que solo ha entorpecido el desarrollo de este medio de participación ciudadana.
En síntesis, el Plan País representa una oportunidad para el relanzamiento programático del municipio como espacio para la cercanía y la inclusión, la  transparencia y la rendición de cuentas y, por supuesto, la participación y la corresponsabilidad con los  vecinos y comunidades organizadas.

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